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Fiscalía de la CPI y la Oficina de Víctimas desmontaron los argumentos del régimen en el primer día de audiencia en La Haya

Monitoreamos – 07 de Noviembre del 2023. La Corte Penal Internacional (CNP) celebró este martes 7 de noviembre en La Haya la primera de las dos audiencias convocadas por la Sala de Apelaciones por el recurso presentado por el régimen de Nicolás Maduro en contra de la decisión de los jueces de la Sala de Cuestiones Preliminares que autorizó al fiscal Karim Khan a continuar la investigación por crímenes de lesa humanidad en Venezuela.

En representación del régimen chavista acudieron el abogado británico Ben Emmerson, el canciller Yvan Gil, el secretario del Consejo de Derechos Humanos, Larry Devoe; y Karen García de la dirección de Derechos Humanos del Ministerio Público.

El juez Marc Perrin de Brichambaut dio inicio a la audiencia poniendo en contexto el caso de Venezuela y solicitando a las partes que eviten referirse a las partes clasificadas de la investigación, debido al carácter público de la sesión.

El magistrado explicó que en esta primera audiencia se buscará dirimir tres interrogantes:

  1. Si la notificación del fiscal debe notificar hecho penales específicos que pretende investigar.
  2. Si esas notificaciones deben identificar hechos penales y acusados específicos relacionados con las investigaciones nacionales del Estado concernido y si se espera que hayan alcanzado el punto de identificar sospechosos o acusados particulares.
  3. Si las disposiciones según la cual la solicitud del Estado de información adicional al fiscal de la CPI no deben afectar el límite de un mes para presentar una solicitud de remisión.

Argumentos del régimen

El abogado británico Ben Emmerson fue el primero en tomar la palabra en representación del régimen chavista y argumentó que «el procedimiento previsto en el Estatuto de Roma en cuanto al principio de complementariedad no ha sido respetado».

Además sostuvo la notificación de la Sala de Cuestiones Preliminares que se comunicó a Venezuela»no dio suficiente información detallada» pues «no incluía ni edad, ni fecha, ni ubicaciones específicas de los incidentes, ni el número aproximado de las víctimas o el grupo, el colectivo o las personas responsables de estos incidentes. Es decir, que no había información que permita que Venezuela responda».

También argumentó que no se detallaron las «informaciones relativas respecto a los crímenes que la Fiscalía quiere investigar».

«Es imposible que un Estado dé una notificación efectiva o pedir un aplazamiento, cuando la Fiscalía solo ha dado una lista de crímenes de los que se sospecha. No se han notificado los crímenes que se pretende investigar», afirmó Emmerson.

Y concluyó que la decisión de la Sala de Cuestiones Preliminares de autorizar la continuación de la investigación por crímenes de lesa humanidad «solo se basó en especulaciones».

Fiscalía desmontó los argumentos del régimen

Seguidamente, la representación de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional tomó la palabra para desmontar los argumentos esgrimidos por el régimen.

«Venezuela dice que esta notificación solo debe contener los incidentes que el fiscal pretende investigar. Nosotros, con respeto, estamos en desacuerdo. La notificación debe ofrecer parámetros específicos suficientes que muestren el alcance de la investigación prevista por la Fiscalía, pero no se requiere por derecho que se identifiquen los actos criminales específicos que la Fiscalía pretende investigar», aseveró una de las integrantes del equipo del fiscal Karim Khan.

Y remarcó que la notificación al régimen «no tiene por objeto limitar la investigación de la Fiscalía, no es un vehículo para que el Estado pueda disputar los crímenes presuntos ocurridos, como se ha hecho. No. El objetivo de la notficación es permitir a los Estados decidir si esa solicitud de aplazamiento o suspensión se puede hacer y apoyar esa solicitud con información pertinente. No debe ser una lista descriptiva de todas las actividades«.

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